Ex fiscal general de Luisiana y firma legal recuerdan a los inversores la fecha límite de la demanda colectiva contra iRobot Corporation

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Inversionistas que hayan sufrido pérdidas superiores a $100,000 debido a inversiones en iRobot Corporation (NasdaqGS: IRBT) tienen hasta el 7 de mayo de 2024 para presentar solicitudes como demandante principal en una demanda colectiva de valores. La demanda, presentada en el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito de Massachusetts, alega que iRobot y ciertos ejecutivos no revelaron información material durante el periodo entre el 5 de agosto de 2022 y el 26 de enero de 2024.

El caso se deriva del anuncio de iRobot el 29 de enero de 2024, en el que se informó que el acuerdo de adquisición previamente anunciado entre la compañía y Amazon había sido terminado. Además, iRobot reveló una reducción significativa en su fuerza laboral y cargos por reestructuración. Tras esta noticia, el precio de las acciones de iRobot cayó un 8.77%.

Los inversionistas que compraron valores de iRobot durante el Periodo de la Clase y deseen discutir sus derechos legales y opciones de recuperación pueden contactar al Socio Gerente de Kahn Swick & Foti, LLC (KSF), Lewis Kahn. KSF es un prestigioso despacho de abogados boutique especializado en litigios de valores, con oficinas en todo el país, incluyendo Nueva York, Delaware, California, Luisiana y Nueva Jersey. La firma representa a una amplia gama de clientes en la búsqueda de recuperaciones por pérdidas de inversión resultantes de fraudes corporativos o conductas ilícitas de empresas cotizadas en bolsa.

Para obtener más información sobre la demanda colectiva contra iRobot Corporation y la oportunidad de actuar como demandante principal, los inversionistas interesados pueden visitar el sitio web de KSF o contactar directamente a Lewis Kahn por correo electrónico o teléfono gratuito. La fecha límite para presentar solicitudes como demandante principal es el 7 de mayo de 2024.

Se recomienda que los inversionistas consulten con su propio asesor legal en relación con sus circunstancias específicas, ya que este artículo proporciona un resumen de la demanda colectiva y no constituye asesoramiento legal.

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